WhatsApp que cruzó la línea: docente de Bella Vista exonerado y vetado de las aulas por chats con alumna menor
Un director docente en Bella Vista cruzó una línea que no se debe cruzar. ¿Qué dijeron esos mensajes de WhatsApp que le costaron su carrera y le prohibieron para siempre volver a un aula? La investigación oficial revela detalles que generaron alarma.
Un director de un centro deportivo en Bella Vista fue separado de su cargo y se le prohibió ejercer la docencia en toda la provincia tras confirmarse que mantuvo conversaciones inapropiadas por WhatsApp con una estudiante menor de edad. La medida, adoptada por el Gobierno de Tucumán, marca un precedente severo en la aplicación del Estatuto del Docente y las leyes de protección a la niñez.
La exoneración de Ignacio Eduardo Del Olmo, quien se desempeñaba al frente del Centro de Deportes y Recreación N° 8 de Bella Vista, fue oficializada mediante el Decreto N° 181/5 (MEd), fechado el 2 de febrero de 2026. La resolución, publicada en el Boletín Oficial, cierra una investigación administrativa que se inició en junio del año pasado.
¿Cómo se destapó el caso?
El sumario se abrió a partir de una denuncia presentada por el padre de la alumna afectada ante la Coordinación de Modalidad de Educación Física. En el expediente no solo constó esa presentación, sino también actas escolares, documentación respaldatoria y el descargo del propio docente. Además, se incorporó una denuncia policial y una resolución de acuerdo conciliatorio emitida por el Ministerio Público Fiscal.
Durante la instrucción, intervinieron la Junta de Disciplina y se produjeron informes técnicos. El docente declaró en carácter de imputado. La conclusión del proceso fue contundente: se confirmaron los cargos por incumplimiento de los deberes inherentes a la función.
¿Qué determinó la investigación?
Los investigadores consideraron que la conducta fue inapropiada tanto por el tono como por el horario de las conversaciones mantenidas con la estudiante menor. Esto, según la resolución, generó un ámbito de incomodidad y vulneración de su integridad. Los dictámenes jurídicos entendieron que la falta acreditada revestía gravedad suficiente para aplicar la máxima sanción disciplinaria prevista.
El decreto invoca el artículo 56 inciso 8 de la Ley N° 3.470 (Estatuto del Docente), que contempla la exoneración ante faltas graves. También se fundamenta en la Ley Provincial N° 8.293 y la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establecen el principio del interés superior del niño.
Una sanción con consecuencias permanentes
La sanción no se limita a la exoneración. El Poder Ejecutivo ordenó comunicar la medida a las Juntas de Clasificación Docente competentes, lo que impide al agente reingresar como titular, interino o suplente en el sistema público. Además, se dispuso notificar a establecimientos educativos de gestión privada para dejar asentado que no podrá ejercer la docencia en ningún ámbito del sistema educativo provincial.
Este caso se suma a una serie de antecedentes registrados en Tucumán durante 2025, donde fueron exonerados distintos docentes tras condenas o investigaciones por delitos contra la integridad sexual o por mantener comunicaciones inapropiadas con alumnos. Con esta nueva resolución, el Gobierno provincial ratifica la aplicación de la sanción máxima ante hechos que vulneren los derechos y la integridad de estudiantes menores.
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