Una obra millonaria se cae y el Estado debe dar marcha atrás en un juicio por tierras

¿Qué sucede cuando una obra de 100 millones de dólares se cancela de repente? Los detalles del juicio que el Estado tuvo que abandonar y las razones detrás de esta decisión impactante.

Por infotucuman · 10/04/2026 · min de lectura
Una obra millonaria se cae y el Estado debe dar marcha atrás en un juicio por tierras

La falta de financiamiento nacional obligó a cancelar un proyecto eléctrico clave, dejando sin efecto una expropiación que ya tenía fallos favorables. La administración provincial oficializó la decisión mediante un decreto, argumentando que continuar con el litigio sería un gasto ineficiente en un contexto de asfixia financiera.

El proyecto, que preveía la construcción de una Nueva Estación Transformadora de Extra Alta Tensión en la localidad de El Espinillo, en la comuna de El Chañar, departamento Burruyacu, fue declarado de utilidad pública mediante la Ley N° 9.476. Sin embargo, un informe técnico de la Dirección de Energía señaló que el Gobierno Nacional paralizó todas las obras destinadas al transporte de energía.

¿Por qué se canceló la inversión?

El decreto N° 563/1, rubricado por el ministro de Gobierno y Justicia, Regino Amado, fundamenta la cancelación en el drástico recorte de fondos dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional. La obra estaba valuada en más de 100 millones de dólares y beneficiaría a 275.615 personas, pero su costo actual superaría esa cifra, haciéndola improbable con los mecanismos económicos financieros vigentes.

La falta de disponibilidad financiera evidenció la imposibilidad de concretar la finalidad que justificó la declaración de utilidad pública y la expropiación. Las autoridades consideraron que seguir con el litigio por terrenos que ya no podrán usarse para su fin original resultaría contrario al uso racional y eficiente de los recursos públicos.

¿Qué pasó con el juicio de expropiación?

La decisión obliga a la Provincia a dar marcha atrás en el juicio caratulado “Provincia de Tucumán c/Cerro María Fernanda y otra s/Expropiación”. El Estado tucumano había logrado una sentencia favorable el 27 de marzo de 2025, donde el juez de primera instancia resolvió hacer lugar a la acción expropiatoria, declarando transferido el dominio a favor de la Provincia de Tucumán.

La sentencia ordenaba pagos indemnizatorios que, actualizados a marzo de 2026, ascendían a un total de $1.388.424.811. Aunque la Cámara Civil y Comercial Común confirmó íntegramente el pronunciamiento, el proceso no llegó a completarse legalmente debido a un Recurso de Casación interpuesto por la propia Provincia.

¿Cómo se desiste legalmente?

Según la Ley N° 5.006, la expropiación se considera perfeccionada únicamente cuando existe sentencia firme, toma de posesión y pago de la indemnización. En este caso, al estar pendiente el recurso, el pronunciamiento no se encuentra firme y no se perfeccionó la adquisición del dominio, lo que facultó legalmente al Estado para desistir de la acción.

Con la firma del Gobernador, se instruyó a la Dirección Judicial de la Fiscalía de Estado a desistir del proceso judicial y a tramitar el recupero de las sumas depositadas, una vez cubiertos los gastos que correspondan. El fundamento final radica en la imposibilidad fáctica de cumplir con el objeto de la ley de expropiación, dado que la obra de transporte eléctrico quedó formalmente desestimada por la falta de aportes federales.

También puede interesarle

Sociedad
Sociedad
Sociedad
Sociedad
Sociedad
Sociedad
Publicidad