Un profesor cruzó todos los límites con sus alumnas y el sistema educativo tuvo que actuar
Un profesor utilizaba términos cariñosos y contacto físico con sus estudiantes, pero lo que descubrió la investigación sobre su comportamiento hizo que las autoridades tomaran una decisión sin precedentes.
Un docente fue separado definitivamente del sistema educativo tras confirmarse una serie de conductas inapropiadas hacia cinco estudiantes de un mismo curso. La investigación administrativa determinó que sus acciones vulneraron derechos fundamentales y normas del estatuto docente, llevando a una sanción ejemplar.
El Ministerio de Educación provincial formalizó la decisión mediante el decreto N° 714/5, firmado por la ministra Susana Montaldo y la secretaria de Estado de Educación, María Gabriela Gallardo. Este documento dispone “la clausura de la Investigación Administrativa” que comenzó en octubre de 2024 y aplica la sanción de exoneración al profesor Juan Carlos Zerrizuela.
¿Cómo se descubrió el caso?
Todo comenzó cuando la Dirección de la Escuela de Comercio “Presidente Urquiza” presentó una denuncia por presunto acoso sexual hacia alumnas de segundo año. La Oficina de Articulación y Derivación Interinstitucional del Ministerio Público Fiscal requirió la intervención del área educativa, lo que derivó en el apartamiento inmediato del docente y la apertura de un sumario.
Durante la investigación, se incorporaron testimonios clave. “Se agrega Acta de Declaración de alumnas de la institución, en carácter de testigos”, señala el decreto oficial, junto con el descargo presentado por el profesor en su condición de imputado.
¿Qué conductas se comprobaron?
Las pruebas reunidas revelaron un patrón de comportamiento preocupante. Entre los cargos formulados, se detallan “conductas impropias en el ejercicio de la función docente, tales como realizar comentarios hacia alumnas con expresiones como ‘mi amor’, ‘bebé’, ‘mi vida'”
Pero no se limitó a comentarios verbales. La investigación confirmó “contacto físico inapropiado consistente en acariciar el cabello, tomar de la cintura al ingresar al aula, saludar mediante abrazos, realizar guiños con el ojo y beso en la mano a una alumna”.
¿Qué determinó la investigación?
La instrucción sumarial concluyó que el docente “ha incurrido en infracción a lo dispuesto en el artículo 5° incisos 1) y 5) de la Ley N° 3.470”, además de violar normativas de protección integral de niñas, niños y adolescentes. El documento oficial es contundente: “la atribución de conductas inapropiadas hacia al menos cinco (5) estudiantes del mismo curso, demuestra que no se trató de un hecho aislado ni de apreciaciones subjetivas o mal entendidos individuales, sino de un comportamiento reiterado, inaceptable e inapropiado del rol docente”.
El decreto subraya un aspecto particularmente grave: bajo el argumento de aplicar herramientas pedagógicas lúdicas, el profesor “no conservó la distancia apropiada con las alumnas”. Esta falta de límites constituyó un grave incumplimiento de sus deberes funcionales, y según se remarca, “implica una afectación directa a la dignidad y derechos de los estudiantes bajo su cuidado, lo cual resulta incompatible con la continuidad en el ejercicio de su cargo”.
¿Cuál es el fundamento legal?
La medida se sustenta en el ejercicio del poder disciplinario del Estado, que —según se detalla— “se ejerce con el fin de garantizar el correcto funcionamiento del servicio”. En el ámbito educativo, este poder adquiere especial relevancia por su vínculo directo con la formación de personas.
Citando doctrina jurídica, el texto indica que este poder “no persigue un fin meramente punitivo, sino que está orientado a proteger la eficacia y moralidad del servicio público”. Asimismo, se enfatiza la obligación estatal de resguardar los derechos de niños, niñas y adolescentes, recordando que “tienen derecho a su integridad física, sexual, psíquica y emocional” y que “toda acción estatal debe estar orientada a la satisfacción de los derechos” consagrados por la normativa vigente.
¿Qué consecuencias tiene la sanción?
La exoneración implica una prohibición total para el docente. El decreto dispone que la sanción sea comunicada a las Juntas de Clasificación Docente y a todos los establecimientos educativos, tanto de gestión estatal como privada.
Esto significa que la medida “impide el ingreso a la docencia en carácter titular, interino o suplente”, al no cumplir el agente con las condiciones exigidas por la ley para ejercer la profesión docente en cualquier institución educativa.
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