Un juez cordobés tumba un artículo clave de la reforma laboral: ¿el primer efecto dominó?

Un juez acaba de marcar un precedente histórico al declarar inconstitucional un pilar de la reforma laboral. ¿Es este el primer paso para que la norma empiece a desmoronarse en los tribunales? Enterate de todos los detalles de la resolución que tiene en vilo al mundo del derecho laboral.

Por infotucuman · 13/03/2026 · min de lectura
Un juez cordobés tumba un artículo clave de la reforma laboral: ¿el primer efecto dominó?

Un fallo judicial en Córdoba declaró inconstitucional un artículo central de la Ley de Modernización Laboral, generando un precedente que podría desatar una ola de impugnaciones. La resolución, una de las primeras en su tipo, cuestiona cómo se actualizan los créditos en juicios laborales ya iniciados, ordenando aplicar un índice más favorable para los trabajadores.

El magistrado Ricardo Giletta, de la Sala 1 de la Cámara del Trabajo de Córdoba, fue quien tomó la decisión. En su sentencia, sostuvo que el control de constitucionalidad es un deber de los tribunales y puede aplicarse de oficio cuando una norma causa un perjuicio que solo puede corregirse de esta manera.

¿Qué artículo fue anulado y qué implica?

El fallo rechazó específicamente la validez del artículo 55 de la nueva ley. Esta norma regulaba la forma de actualizar los montos reclamados en juicios laborales que ya estaban en trámite cuando la reforma entró en vigencia.

En lugar del criterio establecido por la Ley de Modernización, el juez Giletta ordenó que los créditos del caso se actualicen según lo previsto en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo. Esto significa que se utilizará el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), el indicador que sigue la evolución del índice de precios al consumidor del INDEC.

La sentencia se originó en la demanda de un trabajador despedido en 2016. La empresa donde se desempeñaba se negó a reconocerle faltas por un problema de salud, lo que derivó en el conflicto judicial.

Un precedente con sustento en la Corte Suprema

El planteo del magistrado no se hizo en el vacío. Su resolución se apoya en antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establecen la obligación de los jueces de garantizar que las normas aplicadas respeten los principios constitucionales.

Esta fundamentación jurídica sólida es lo que convierte al fallo en un potencial punto de quiebre. La decisión podría abrir la puerta a una multiplicación de presentaciones judiciales que busquen impugnar otros aspectos de la reforma laboral, especialmente todo lo relacionado con la actualización de créditos en conflictos de trabajo.

Mientras tanto, otro revés para la CGT

En un carril paralelo, la Central General de los Trabajadores enfrentó un revés en su lucha contra la reforma. Recientemente, el juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, rechazó la presentación de la central obrera contra los artículos que ordenan transferir el Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires.

En su fallo, Lavié Pico manifestó que no se acreditaron los requisitos de urgencia o arbitrariedad necesarios para frenar una ley sancionada por el Congreso. Argumentó que la CGT no logró demostrar la existencia de un “perjuicio irreparable” que tornara ilusoria una futura sentencia de fondo.

La medida cautelar solicitada por la central obrera el 6 de febrero buscaba suspender los artículos 90 y 91, que disponen el cierre de 30 Juzgados de Primera Instancia del Trabajo y de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT). El juez consideró que los elementos aportados no eran suficientes para alterar el orden natural del proceso en el marco de un amparo.

Estos dos fallos, con resultados opuestos, marcan el inicio de lo que promete ser una intensa batalla legal en los tribunales, donde se definirá el alcance real y la constitucionalidad de la polémica reforma laboral.

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