Un giro inesperado: Anulan la condena a perpetua por el femicidio de Simoca y ordenan un nuevo juicio
Un fallo judicial sacude el caso del femicidio en Simoca: anularon la condena a perpetua y habrá un nuevo juicio. ¿Qué graves errores procesales obligaron a la justicia a volver a foja cero?
La justicia tucumana dio un vuelco sorpresivo en un caso que había conmocionado a la provincia. El Tribunal de Impugnación anuló la sentencia de prisión perpetua contra Nicolás Marcelo Fernández por el femicidio de Lidia Vanesa Pérez y dispuso que el proceso debe repetirse desde cero. La decisión se basó en graves irregularidades procesales que, según los jueces, vulneraron el derecho de defensa del acusado.
El crimen ocurrió el 30 de diciembre de 2023 en una vivienda de Simoca. La fiscalía, a cargo de Mónica García de Targa, sostenía que Fernández, pareja de la víctima, la había estrangulado con un cable eléctrico y luego intentó simular un suicidio. Tras un juicio oral, un tribunal lo declaró culpable de homicidio doblemente agravado y el 2 de julio de 2025 lo condenó a cadena perpetua.
¿Qué argumentos usó la defensa para impugnar?
Los abogados defensores Cergio Morfil y Guillermo Doods presentaron un recurso de impugnación que fue analizado en audiencias entre octubre y diciembre de 2025. Su planteo central fue que se violó el principio de congruencia, ya que el tribunal de juicio habría modificado aspectos clave de la acusación original al reducir la franja horaria del hecho y describir la conducta de una manera no planteada inicialmente.
Otro punto crucial fue el cuestionamiento a la autopsia. La defensa alegó que no fue notificada de su realización, a pesar de que su cliente ya estaba imputado, lo que les impidió designar un perito de parte para controlar esa prueba fundamental. También señalaron que la autopsia se practicó sobre un cadáver exhumado y en avanzado estado de descomposición.
Los letrados insistieron en que no se investigaron a fondo elementos que podrían haber apoyado la hipótesis del suicidio, como una carta manuscrita hallada debajo de un horno en la casa y mensajes de WhatsApp de la víctima. Por todo ello, solicitaron la absolución o, en su defecto, la nulidad de todo el juicio.
La decisión que cambió todo
El Tribunal de Impugnación, integrado por los jueces Paul Hofer, Jorge Carrasco y Edgardo Sánchez, dio parcialmente la razón a la defensa. Determinó que efectivamente se había vulnerado el principio de congruencia, afectando el derecho de defensa, y que no se respetaron las garantías procesales en torno a la autopsia.
En consecuencia, el tribunal declaró la nulidad del debate oral, dejó sin efecto la condena a prisión perpetua y ordenó que un nuevo tribunal lleve adelante un juicio fresco. Además, dispuso excluir del nuevo proceso la pericia de autopsia y todos los testimonios que se derivaran de ella.
La fiscalía, por su parte, rechazó de plano todos los planteos de la defensa. Sostuvo que no hubo modificaciones sustanciales en la imputación y defendió la validez de las pruebas, argumentando que la responsabilidad de Fernández estaba acreditada con certeza científica y por el contexto de violencia de género.
Con esta resolución, el caso regresa a su punto de partida. La familia de Lidia Vanesa Pérez y la sociedad tucumana deberán esperar a un segundo juicio oral, donde se volverán a debatir las pruebas y se intentará reconstruir una verdad judicial que, por ahora, ha sido puesta en suspenso por errores de forma.
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