Un disparo en un operativo policial que le costó el ojo a un joven: la condena que dividió aguas
Un operativo policial en Tucumán terminó con un joven perdiendo un ojo por un disparo. Tras un largo proceso judicial, un uniformado recibió una condena condicional, mientras que su compañero fue absuelto. ¿Qué elementos convencieron al juez y por qué la defensa anuncia apelación? Los detalles de un fallo que genera reacciones opuestas.
La Justicia tucumana dictó una condena de dos años de prisión condicional contra un policía por herir de gravedad a un joven durante un procedimiento. El disparo le provocó la pérdida irreversible del ojo derecho. Mientras la querella celebra el fallo como un mensaje institucional, la defensa anunció que apelará, sosteniendo que su cliente no fue el autor del tiro.
¿Qué pasó aquella tarde en el pasaje Einstein?
El hecho se remonta a la tarde del 13 de noviembre de 2020, alrededor de las 18:30. Cuatro integrantes del Grupo Especial de Apoyo Motorizado (GEAM) realizaban recorridos preventivos en inmediaciones del pasaje Einstein al 1.900. Allí observaron a dos hombres en una motocicleta que, al ver a los uniformados, arrojaron un objeto y escaparon.
El grupo se dividió. Mientras dos efectivos constataron que lo descartado era un arma de fuego, los otros dos iniciaron la persecución. La situación se complicó cuando vecinos del lugar interfirieron para impedir la detención de los motociclistas, lo que generó un disturbio y obligó a los policías a pedir refuerzos.
El momento del disparo y la lesión irreversible
Entre los refuerzos que llegaron al lugar se encontraban los efectivos Julián Alberto Campos y Juan Antonio Díaz. Durante el operativo, ambos aprehendieron a Juan Carlos Durán por su presunta intervención en el altercado y por desobedecer órdenes policiales, subiéndolo a la caja de un patrullero para trasladarlo.
Fue en ese instante crítico cuando se produjo un disparo que impactó en el rostro de Rodrigo Esteban Rodríguez Argañaraz, sobrino de Durán, quien se encontraba en la vereda. La herida le ocasionó la pérdida total del ojo derecho, una lesión calificada como gravísima y permanente.
La investigación y las hipótesis sobre el arma
La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía de Delitos Complejos dirigida por Mariana Rivadeneira. La hipótesis fiscal sostuvo que uno de los policías imputados subió a la caja del vehículo portando una escopeta Maverick serie 70594 y efectuó varios disparos, uno de los cuales fue dirigido a corta distancia hacia el joven lesionado.
El debate oral comenzó el 18 de febrero. Durante los alegatos, el Ministerio Público Fiscal, representado por el auxiliar Federico Lizárraga, solicitó para ambos acusados una pena de ocho años de prisión, considerándolos coautores del delito de lesiones gravísimas agravadas por su condición de miembros de la fuerza de seguridad.
Posturas enfrentadas: fiscalía, querella y defensa
El fiscal Lizárraga argumentó que el juicio no era contra la institución policial, sino contra la conducta específica de dos funcionarios que, ejerciendo el poder de policía y usando un arma del Estado, causaron un daño irreversible a un ciudadano.
Por su lado, la querella, encabezada por el abogado Patricio Char, reclamó una condena de 10 años de prisión efectiva para Campos, aunque se apartó de la acusación contra Díaz, al entender que su rol se limitó a conducir la camioneta sin injerencia en la decisión de disparar.
La defensa de ambos imputados, a cargo de Carlos Garmendia, pidió la absolución total. Sostuvo que los disparos no fueron realizados por ninguno de los acusados y que la secuencia de los hechos, desarrollada en un lapso de unos cinco minutos, no les habría permitido descender del vehículo, reducir al detenido, buscar el arma, efectuar el disparo y retirarse.
La sentencia que absolvió a uno y condenó al otro
El juicio fue presidido por el juez Augusto Paz Almonacid. Tras valorar las pruebas, el magistrado resolvió absolver a Juan Antonio Díaz por el beneficio de la duda. En cambio, condenó a Julián Alberto Campos a dos años de prisión condicional por el delito de lesiones graves cometido en exceso de la legítima defensa.
Tras conocerse el fallo, la querella se manifestó conforme, considerando que envía un mensaje institucional frente a episodios de violencia policial, subrayando que el objetivo no es perjudicar a la fuerza sino preservar su prestigio ante conductas abusivas individuales.
La apelación y las críticas al proceso
La defensa, en cambio, confirmó de inmediato que impugnará la decisión judicial. Sostuvo que, si bien la valoración probatoria del tribunal reconoce en gran medida los planteos defensivos, será necesario determinar qué elementos llevaron al juez a atribuirle a Campos la autoría de los disparos.
Además, cuestionó el desempeño del Ministerio Público Fiscal, señalando que el proceso demoró seis años en llegar a juicio, que la causa fue archivada en un momento y luego reabierta por presión de la víctima. El defensor también resaltó la trayectoria del policía condenado, al que calificó como un “excelente” efectivo.
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