Se cayeron las maniobras dilatorias: la Justicia rechazó la probation y los Frías Silva irán a juicio oral
La Justicia rechazó la probation de los Frías Silva y los envió a juicio oral por una millonaria defraudación. ¿Qué pasó con el ofrecimiento económico? Los detalles de una causa que expone violencia patrimonial y de género.
La Cámara Penal Conclusional, Sala III, rechazó el pedido de suspensión del juicio a prueba (probation) solicitado por José, Pablo Tomás y Martín Frías Silva, imputados en una causa por defraudación millonaria contra sus propias hermanas. El proceso avanza hacia el juicio oral y público.
La decisión del tribunal representa un duro golpe para la estrategia de los acusados, que buscaban evitar el debate oral mediante una salida alternativa prevista en el Código Procesal Penal. Ahora, las denuncias serán analizadas en una audiencia pública donde se producirán pruebas, testimonios y argumentos bajo el control de los jueces.
El abogado Jorge Bernabé Lobo Aragón, representante legal de Isabel Frías Silva, celebró la resolución: “Se cayeron las maniobras dilatorias. Vamos por fin a juicio”, afirmó.
¿Por qué se rechazó la probation?
El tribunal consideró que no estaban dadas las condiciones para conceder el beneficio. Se valoró especialmente la oposición del Ministerio Público Fiscal, el rechazo de las víctimas y la insuficiencia del ofrecimiento económico de los imputados, juzgado como no razonable frente a la magnitud del perjuicio denunciado y las características patrimoniales involucradas.
Los magistrados aclararon que la resolución no implica un pronunciamiento sobre culpabilidad o inocencia, sino que corresponde que las acusaciones sean debatidas en un juicio oral, respetando los principios de publicidad, contradicción e igualdad entre las partes.
El patrimonio familiar en disputa
La causa investiga una presunta defraudación vinculada a la administración de un importante patrimonio familiar y empresarial. Según la querella, las maniobras habrían perjudicado especialmente a Isabel y María Frías Silva, las únicas hermanas mujeres del grupo, quienes sostienen haber sido excluidas durante años del manejo de sociedades, la distribución de dividendos y la administración de bienes comunes.
La acusación califica esta exclusión no solo como una maniobra defraudatoria, sino también como violencia económica y de género, al privarlas del ejercicio de sus derechos patrimoniales dentro del entramado empresarial y familiar.
En distintas presentaciones, la querella detalló un patrimonio que incluye establecimientos agropecuarios, campos en varios puntos del país, inmuebles urbanos, propiedades sobre la avenida Perón de Yerba Buena, fideicomisos, hoteles, tambos, explotaciones cañeras, plantaciones de limones y soja, emprendimientos de papas semilla para exportación, gimnasios, arrendamientos rurales y otras inversiones, todo administrado sin la participación de las denunciantes.
Un conflicto que viene de larga data
En agosto de 2025, la causa ya había generado repercusión cuando se anunció una audiencia en la Cámara Penal Conclusional. En esa oportunidad, Lobo Aragón difundió una carta pública titulada “La audiencia que rompe el silencio”, donde sostuvo que el proceso permitiría que las víctimas fueran escuchadas directamente por los jueces y el fiscal.
Allí afirmó que el caso excede un conflicto económico familiar y expone un presunto esquema de violencia patrimonial y económica contra las dos hermanas, desplazadas de decisiones societarias, privadas de dividendos y marginadas de la administración del patrimonio.
Además, cuestionó que algunos imputados continúen al frente de reconocidas instituciones de la provincia mientras enfrentan este proceso, y remarcó que la única manera de esclarecer los hechos es mediante un juicio oral y público.
Con el rechazo de la probation, la investigación entra en una etapa decisiva. Durante el debate oral, la fiscalía y la querella buscarán acreditar las maniobras denunciadas, mientras que las defensas intentarán demostrar la inexistencia de responsabilidades penales. Para la querella, esta resolución es un punto de inflexión en un expediente que lleva años de trámite y múltiples planteos procesales.
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