Reforma laboral: los diez cambios que podrían transformar tu trabajo y que ahora vuelven al Senado
El Congreso dio un paso clave con una reforma que toca vacaciones, indemnizaciones y hasta cómo se pagan los sueldos. Pero el proyecto debe volver al Senado y su destino final aún es incierto. ¿Estás listo para conocer todos los detalles que podrían cambiar tu relación laboral?
El proyecto de reforma laboral que ya recibió media sanción en el Senado y aprobación general en Diputados debe regresar a la Cámara Alta tras sufrir modificaciones. Esta iniciativa, que busca modernizar el marco regulatorio para el sector privado, introduce cambios profundos en áreas sensibles como indemnizaciones, períodos de prueba y la relación entre empresas y trabajadores. El texto definitivo podría alterar las reglas de juego para millones de argentinos.
Tras un tortuoso camino legislativo, la norma fue girada a la Cámara de Diputados, donde obtuvo la aprobación general. Sin embargo, las modificaciones sustanciales introducidas allí, que incluyeron la eliminación de artículos conflictivos y ajustes en la redacción técnica, obligan a que el proyecto vuelva al Senado. Los senadores deberán ahora decidir si aceptan los cambios de los diputados o si insisten en la versión que habían sancionado originalmente.
¿Qué cambia en las indemnizaciones por despido?
Uno de los puntos más relevantes es la modificación estructural en el cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa. A partir de esta normativa, la base de cálculo considerará únicamente la remuneración mensual, normal y habitual. Esto significa que quedarán excluidos explícitamente conceptos de pago no mensual, como el aguinaldo o las vacaciones.
Se establece que la indemnización será la única reparación por el despido. Además, se fija un nuevo esquema de actualización para los créditos laborales, que se basará en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
Banco de horas y nuevas reglas para las vacaciones
El proyecto habilita la creación de un “banco de horas” mediante acuerdos escritos entre empleador y trabajador, destinado a compensar horas extraordinarias. Este sistema deberá respetar siempre los descansos legales establecidos.
En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período de otorgamiento tradicional entre octubre y abril, pero se permite que las partes pacten disfrutarlas fuera de esa fecha. También se habilita el fraccionamiento del período vacacional en segmentos de un mínimo de siete días consecutivos cada uno.
La creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Se propone la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema destinado a cubrir los costos de desvinculación. Este fondo se financiará con una contribución mensual obligatoria a cargo de los empleadores.
Las grandes empresas aportarán el 1% de las remuneraciones, mientras que para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) el aporte será del 2,5%. El Poder Ejecutivo, con aval de la Comisión Bicameral, tendrá la facultad de incrementar estos porcentajes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente.
Fondos de cese por convenio y ampliación del período de prueba
La reforma habilita la posibilidad de que los convenios colectivos de trabajo acuerden la creación de fondos de cese laboral que funcionen como sistemas de capitalización individual. Bajo esta modalidad, el empleador realiza un aporte mensual y, en caso de desvinculación, el trabajador percibe el monto acumulado.
Otro punto de impacto es la extensión del período de prueba. El texto establece que el plazo general se ampliará a seis meses para la mayoría de los trabajadores. En empresas con hasta cinco empleados, este período podrá extenderse hasta los ocho meses.
Eliminación de multas e incentivos a la inversión
La reforma suprime las multas establecidas en la Ley 24.013 por trabajo no registrado o registro deficiente. En su lugar, se crea un régimen de incentivos para la regularización: los empleadores que blanqueen personal no pagarán multas, aunque deberán abonar las diferencias salariales y previsionales adeudadas.
El proyecto incorpora el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a fomentar la incorporación de tecnología. Como complemento, se establece una reducción de las contribuciones patronales con destino a la Seguridad Social.
Pago de sentencias en cuotas y regulación de aportes
Para reducir el impacto financiero de los litigios, la ley habilita el pago escalonado de sentencias condenatorias. Las grandes empresas podrán cancelar sus deudas en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las MiPyMEs y empleadores individuales contarán con hasta 12 cuotas.
El proyecto también pone límites a los aportes previstos en convenciones colectivas. Los aportes patronales a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios a partir de enero de 2028.
Registro digital y pago bancarizado obligatorio
La reforma establece que el registro laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente, eliminando requisitos adicionales. Los libros laborales podrán digitalizarse con plena validez legal y deberán conservarse por diez años.
En cuanto al pago de salarios, la norma ratifica que deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria o institución de ahorro oficial, descartando explícitamente el uso de billeteras virtuales para este fin.
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