Reforma laboral: los cambios que Sturzenegger confirmó y que impactarán en tu recibo de sueldo
Licencias digitales, nuevo recibo de sueldo y cambios en sindicatos: los detalles del Decreto 407/26 que transforman el mundo laboral.
El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 407/26, que introduce modificaciones en licencias médicas, recibos de sueldo, convenios colectivos y sindicatos. El ministro Federico Sturzenegger aseguró que “las leyes laborales estaban pensadas para un mundo que ya no existe”.
Licencias médicas con receta digital
Según explicó Sturzenegger, las licencias médicas deberán tramitarse obligatoriamente mediante receta digital, con el objetivo de “dar trazabilidad al diagnóstico y evitar cualquier tipo de duda”. La reglamentación también incorpora la posibilidad de recurrir a una junta médica ante discrepancias entre las partes.
Comunicaciones laborales digitales
El decreto faculta a la Secretaría de Trabajo a implementar procedimientos administrativos digitales para cursar comunicaciones laborales, como parte del proceso de digitalización de trámites vinculados al mundo laboral.
Homologación de acuerdos de desvinculación
Se incorpora la posibilidad de homologar ante la autoridad administrativa los convenios de desvinculación por común acuerdo, brindando una instancia formal de homologación a los acuerdos entre empleadores y trabajadores.
Información sobre trámites jubilatorios
La reglamentación establece un mecanismo para que los empleadores conozcan de manera fehaciente cuándo se inician y concluyen los trámites jubilatorios de sus trabajadores, ordenando el acceso a esa información.
Servicios eventuales
Sturzenegger dedicó un apartado extenso al régimen de servicios eventuales, señalando que “desmantela la burocracia vigente desde hace 20 años”. La inscripción será “simple, gratuita y electrónica”, con habilitación automática mediante silencio positivo a los quince días hábiles. Se amplían los casos para la asignación de trabajadores bajo esta modalidad y se modifican las exigencias de solvencia para operar en la actividad.
Beneficios sociales y gastos no remunerativos
La reglamentación fija pautas para beneficios sociales y componentes salariales no remunerativos. Habilita el pago de gastos de transporte contra presentación de comprobantes y contempla cubrir servicios de comedor en locales de cercanía.
El nuevo recibo de sueldo
Sturzenegger explicó que el recibo de sueldo deberá detallar obligatoriamente el costo total que abona el empleador por cada puesto laboral. La estructura se divide en tres partes: el primer bloque detalla todas las contribuciones del empleador; el segundo bloque conserva el formato tradicional con salario bruto, descuentos y salario neto; el tercer bloque incorpora una representación gráfica de la cuña fiscal y sindical.
“Ahora el recibo de sueldo va a tener que detallar obligatoriamente el costo total que abona el empleador por cada puesto laboral”, afirmó el ministro. “Todo aquello que le sacan al trabajador va a quedar registrado, explicitado y hecho visible”.
Cambios en los convenios colectivos
La segunda parte del decreto se concentra en modificaciones vinculadas a los convenios colectivos de trabajo. Sturzenegger sostuvo que “es claro que esta ley necesitaba una actualización” y argumentó que existen convenios negociados “hace más de 50 años, vencidos y firmados por partes que en muchos casos no existen”.
Representación empresaria
Se define que los grupos empresarios que empleen a más del 10% de los trabajadores de una actividad podrán participar de las negociaciones colectivas. Se amplía la legitimación para incorporar representantes de distintas jurisdicciones y se fomenta la creación de asociaciones de consorcistas para negociar convenios vinculados con trabajadores de edificios.
Ultraactividad y aportes
Sturzenegger destacó que la Ley 27.802 puso fin a la ultraactividad de los convenios colectivos. Para los convenios vencidos, las cláusulas obligacionales cayeron el 6/3. No serán exigibles cláusulas que impongan aportes compulsivos a empleadores no afiliados a cámaras. En convenios vigentes, las cláusulas obligacionales no podrán superar el 2% para trabajadores y el 0,5% para empleadores, tomando como referencia el salario mínimo de convenio.
Sindicatos de empresa
Se reglamenta el sindicato de empresa o grupo de empresas. El convenio por empresa tiene prioridad sobre el convenio general de actividad. Se fijan requisitos: antigüedad mínima de seis meses y cantidad de afiliados superior al 5% de la existente. La Secretaría de Trabajo tendrá 45 días para emitir una decisión. “Representación sindical sí, monopolios eternos no”, escribió Sturzenegger.
Delegados y horas gremiales
Cuando cambia el sindicato con personería gremial, los delegados cesarán en esa representación, aunque mantendrán la protección posterior. Se establece un límite para las horas gremiales mensuales, que deberán ejercerse de manera compatible con la continuidad de las tareas laborales.
Cambios para la construcción
El IERIC dejará de llevar las altas y bajas de trabajadores, función que quedará integrada a los registros realizados por las empresas ante ARCA. “El único registro válido y suficiente para determinar si un trabajador está registrado serán los propios registros de ARCA”, explicó Sturzenegger. “Menos papeles duplicados, menos trámites y más trazabilidad”, resumió.
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