Reforma laboral: los cambios que podrían afectar tu bolsillo y que hoy definen los senadores

¿Cómo te impactará la nueva ley laboral que se debate hoy en el Senado? Desde indemnizaciones y períodos de prueba hasta aportes y pagos digitales, te contamos los diez puntos clave que cambiarán las reglas del juego para trabajadores y empresas.

Por infotucuman · 27/02/2026 · min de lectura
Reforma laboral: los cambios que podrían afectar tu bolsillo y que hoy definen los senadores

El Congreso de la Nación está a punto de dar un paso histórico que modificaría las reglas del empleo privado en todo el país. El proyecto de reforma laboral impulsado por el Poder Ejecutivo llega hoy a su instancia final en el Senado, luego de que la Cámara de Diputados introdujera modificaciones al texto original. Los legisladores deberán decidir si aceptan esos cambios o insisten con la versión que ya habían aprobado, en una sesión clave donde el oficialismo busca consolidar otra victoria legislativa.

¿Qué cambia en las indemnizaciones?

Uno de los puntos más sensibles es la modificación en el cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa. La nueva base será únicamente la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo pagos no mensuales como el aguinaldo o las vacaciones. Se establece que la indemnización será la única compensación y los créditos laborales se actualizarán según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), más un 3% anual.

Período de prueba más extenso y banco de horas

El período de prueba se amplía significativamente. Pasará a ser de seis meses para la mayoría de los trabajadores, y podrá alcanzar los ocho meses en empresas de hasta cinco empleados. Durante este lapso, la relación laboral podrá finalizarse sin indemnización, aunque el empleador deberá registrar el vínculo y realizar los aportes desde el primer día.

Además, se autoriza la creación de un banco de horas por acuerdo escrito entre empleador y trabajador para compensar horas extras, respetando siempre los descansos legales. El período de vacaciones, que tradicionalmente va de octubre a abril, podrá ser modificado por acuerdo de las partes, quienes también podrán dividirlo en tramos de al menos siete días consecutivos.

Fondos, aportes y un nuevo sistema de incentivos

La reforma propone la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con una contribución mensual de los empleadores. Las grandes empresas aportarán el 1% de las remuneraciones y las MiPyMEs el 2,5%. El Ejecutivo Nacional podrá aumentar estos aportes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente, con el aval de una Comisión Bicameral del Congreso.

También se habilita que los convenios colectivos establezcan fondos de cese laboral con capitalización individual, donde el empleador realiza aportes mensuales y el trabajador recibe el monto acumulado en caso de desvinculación. Esta opción debe pactarse en paritarias y no puede implicar pérdida de derechos adquiridos.

Multas, cargas sociales y pago de sentencias

Desaparecen las sanciones de la Ley 24.013 por empleo no registrado o registrado de forma incorrecta. En su lugar, se crea un sistema de incentivos: quienes regularicen trabajadores quedarán exentos de multas, pero deberán abonar las diferencias salariales y previsionales.

El Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión busca promover la tecnología y el crecimiento empresarial con una reducción de las contribuciones patronales: 1 punto para grandes empresas y 2,5 puntos para MiPyMEs. Las empresas, además, podrán abonar en cuotas las sentencias laborales. Las grandes compañías tendrán hasta seis cuotas mensuales y las MiPyMEs o empleadores individuales hasta doce.

Límites a los aportes y digitalización

Se establecen topes a los aportes de convenios colectivos. Los aportes patronales a cámaras empresarias no superarán el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios a partir de enero de 2028. Para los trabajadores, los aportes no podrán exceder el 2%. Se mantiene el aporte del 6% a obras sociales y se elimina la posibilidad de retención automática de cuotas sindicales sin consentimiento expreso.

Finalmente, el registro laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero será suficiente. Los libros laborales podrán digitalizarse y deberán conservarse durante diez años. El pago de salarios será exclusivamente bancario o a través de entidades oficiales, sin habilitar el uso de billeteras virtuales.

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