Rechazan freno a la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz: ¿qué argumentos esgrimió la Justicia?
La Justicia federal dejó sin efecto la suspensión de la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz. ¿Qué argumentos esgrimieron los jueces para rechazar la cautelar? Los detalles.
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó la suspensión de la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz, al considerar que no existe un daño ambiental inminente que justifique la medida cautelar.
La acción de amparo había sido presentada por el intendente de El Calafate y legisladores provinciales, quienes alertaban sobre posibles riesgos ecológicos. Sin embargo, los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez rechazaron que los actores pudieran representar a toda la provincia.
¿Por qué la Cámara rechazó la legitimación de los amparistas?
“Ni el Intendente de El Calafate, ni la Presidenta de su Concejo Deliberante o los legisladores que suscribieron el escrito de inicio, poseen legitimación para auto arrogarse la representación del pueblo de toda una Provincia en el sentido que aquí han pretendido”, sostuvieron los magistrados.
Además, criticaron que el juez de primera instancia no evaluó la Ley 27.804, sancionada semanas atrás por el Congreso, que exige estudios técnicos, audiencias públicas e intervención del IANIGLA antes de cualquier modificación.
Las capas de protección que ya existen en Santa Cruz
Un punto clave del fallo fue la existencia de normativas superpuestas. Los jueces recordaron que gran parte de las zonas potencialmente afectadas son Parques Nacionales, donde la explotación económica ya está prohibida. También destacaron la Ley Provincial 3.123, cuyos estándares son “prácticamente idénticos” a la norma nacional original.
El tribunal concluyó que el “peligro en la demora” invocado era “meramente conjetural y remoto”, ya que no hay un “caso actual” de daño concreto.
¿Qué cambia con la reforma de la Ley de Glaciares?
La reforma redefine el objeto protegido: solo ampara a glaciares y ambiente periglaciar que cumplan “funciones hídricas específicas”. Cada provincia decidirá qué glaciares proteger y en cuáles permitir actividades extractivas, como minería, previa evaluación de impacto ambiental.
El Inventario Nacional de Glaciares seguirá a cargo del IANIGLA, que deberá actualizarlo cada cinco años. Entre las actividades prohibidas están aquellas que alteren “de modo relevante” la condición natural o funciones hídricas, como la explotación de hidrocarburos o la construcción de obras.
Un manifestante sostiene una pancarta en contra de la propuesta del gobierno de Javier Milei para reformar la ley de protección de los glaciares, frente al Congreso en Buenos Aires, Argentina, el miércoles 8 de abril de 2026
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