La Justicia tucumana tomó una decisión inédita con un menor y su madre: el fallo que va más allá de la sanción
Un juez tucumano suspendió el juicio a un menor, pero lo que le ordenó al Estado hacer por su madre revela un cambio de paradigma en la Justicia. ¿En qué se basó esta decisión que prioriza el apoyo familiar sobre el castigo?
Un juez penal de menores suspendió el juicio a un adolescente con consumos problemáticos y, en una medida restaurativa sin precedentes, ordenó al Estado brindar asistencia psicológica a su madre. La resolución busca atacar las causas familiares que derivaron en el conflicto penal, marcando un hito en el abordaje judicial de la vulnerabilidad.
Federico Moeykens, titular del Juzgado Penal de Niñas, Niños y Adolescentes, dictó la suspensión del juicio a prueba por un año para el joven imputado por tentativa de robo. Durante ese plazo, el adolescente tiene la obligación imperativa de finalizar sus estudios escolares y realizar tareas comunitarias en una fundación.
Además, el fallo ratificó la continuidad de su tratamiento de rehabilitación en el Centro de Adicciones del Hospital Avellaneda. Todo este proceso será supervisado de cerca por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAyF).
El crudo relato que cambió todo
El aspecto más innovador de la sentencia surgió tras la audiencia. Allí, la madre del menor realizó un “crudo relato” ante el magistrado, donde manifestó una profunda crisis en su rol materno y reconoció su incapacidad para acompañar a su hijo.
La mujer argumentó que carece por completo de las herramientas técnicas necesarias para lidiar con los efectos de las sustancias psicoactivas en el entorno del hogar. Esta declaración de vulnerabilidad extrema fue clave para la decisión judicial.
Ante esta realidad, el juez Moeykens ordenó la intervención inmediata del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA). El objetivo es que el Estado le proporcione a la progenitora el abordaje terapéutico y la asistencia técnica que urgentemente requiere.
El fundamento legal: el Estado como soporte
Desde el punto de vista jurídico, el fallo se asienta en la Convención sobre los Derechos del Niño. Su artículo 18 impele al Estado a prestar auxilio a los padres en sus funciones de crianza.
La resolución también se alinea con la Ley 26.061 de Protección Integral y las Reglas de Brasilia sobre vulnerabilidad. Bajo esta óptica, la recuperación del adolescente se considera indisociable del fortalecimiento de su núcleo familiar primario.
El magistrado fundamentó que “el restablecimiento de los derechos del adolescente es inseparable del fortalecimiento de su centro de vida y de su entorno familiar primario”. Agregó que no se puede exigir un cuidado efectivo si el Estado no proporciona primero el soporte psicológico y psicoeducativo necesario a los responsables de dicha guarda.
Con este abordaje interdisciplinario, la Justicia tucumana busca garantizar el interés superior del niño mediante el empoderamiento de su familia. El fallo reconoce que el soporte estatal es el primer paso ineludible para una tutela judicial verdaderamente efectiva.
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