La intendenta Chahla no se achica: la empresa 9 de Julio deberá pagar una millonaria multa por calles sucias

La Municipalidad de San Miguel de Tucumán acaba de dar un golpe sobre la mesa. Descubra los detalles de la millonaria sanción que deberá afrontar la empresa de recolección y por qué sus argumentos no convencieron a las autoridades.

Por infotucuman · 04/03/2026 · min de lectura
La intendenta Chahla no se achica: la empresa 9 de Julio deberá pagar una millonaria multa por calles sucias

La Municipalidad de San Miguel de Tucumán ratificó una retención de más de $26 millones a la empresa Transportes 9 de Julio S.A. por incumplimientos en el servicio de higiene urbana. La firma había presentado un recurso de reconsideración, pero la gestión de Rossana Chahla lo desestimó mediante un decreto formal, confirmando las sanciones por fallas en el barrido, la recolección y el manejo de basurales.

La medida fue formalizada a través del Decreto N°0061/SADS/2026, firmado por la intendenta. Este documento confirma las sanciones establecidas en resoluciones anteriores, que suman un total de $26.288.336,98. El monto representa una fuerte penalidad por las deficiencias detectadas en la prestación del servicio.

¿Qué le reclaman a la empresa concesionaria?

Las penalidades responden a fallas específicas en distintos frentes del servicio. Se detectaron problemas en el barrido mecánico de calles, deficiencias en el levantamiento de basurales crónicos y también inconvenientes en el manejo de volcaderos en varios sectores de la capital tucumana.

La empresa, Transportes 9 de Julio S.A., había presentado argumentos para intentar revertir las sanciones. Alegó la existencia de basurales de generación permanente que reaparecen y cuestionó que las inspecciones municipales se realizaron fuera del cronograma acordado previamente.

También argumentó que en algunos casos el barrido fue parcial debido a vehículos estacionados y que persistían residuos en propiedades privadas o zonas con líquidos cloacales que impedían la tarea. Además, la firma cuestionó el procedimiento administrativo, alegando supuestas irregularidades y afectación a su derecho de defensa.

La respuesta contundente del Municipio

Desde la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Fiscalía Municipal sostuvieron una postura firme. Afirmaron que el proceso de sanción se ajustó plenamente al Pliego de Bases y Condiciones del contrato que rige el servicio.

Según los dictámenes oficiales, las actas de infracción fueron labradas con la participación de supervisores de la propia empresa. Además, se cumplió con el plazo de 24 horas otorgado para que la concesionaria corrigiera las observaciones realizadas por los inspectores.

Por estas razones, las autoridades consideraron que no hubo violación del debido proceso ni del principio de buena fe contractual. El decreto concluye que los argumentos presentados por Transportes 9 de Julio S.A. “no poseen virtualidad jurídica suficiente” para revertir las sanciones aplicadas y ordena notificar formalmente la resolución a la empresa.

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