La furibunda respuesta de un camarista a la Corte que incluyó una sombra del Tercer Reich
Un camarista comparó la situación con el Tercer Reich en su defensa. ¿Qué pasó en la Corte de Tucumán?
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán aplicó un “llamado de atención” al camarista civil Benjamín Moisá, en el marco de un nuevo enfrentamiento institucional. El conflicto se originó cuando la abogada Claudia Quillotay denunció que Moisá rechazó una contestación de agravios por considerar que las firmas ológrafas escaneadas no eran válidas, exigiendo firma digital. Aunque la letrada desistió tras recibir explicaciones, la Corte decidió intervenir.
¿Qué motivó la sanción?
Mediante la Acordada 288 del 20 de abril de 2026, el máximo tribunal señaló que la conducta de Moisá afectaba derechos fundamentales como el acceso a la justicia y la seguridad jurídica. La Corte -con las firmas de Daniel Leiva, Daniel Posse, Eleonora Rodríguez Campos y Antonio Estofán, y la excusación de Claudia Sbdar- calificó la actitud del magistrado como una “posición renuente” a aceptar los lineamientos del tribunal superior.
Según los vocales, Moisá exhibe una “injustificada resistencia a la aplicación de la norma vigente” (artículo 170 del Código Procesal Civil de Tucumán), lo que constituye un “apartamiento arbitrario de la legalidad”. La Corte enfatizó que el deber de los magistrados de grado es adecuar su actuación a las pautas fijadas por el tribunal en ejercicio de sus facultades constitucionales de superintendencia.
¿Cómo respondió Moisá?
En un recurso de reconsideración de 20 páginas, el camarista calificó el llamado de atención como un “avasallamiento” a su independencia y un intento de “disciplinamiento”. Sostuvo que ninguna acordada o ley provincial puede estar por encima de la ley nacional (artículo 288 del CCCN) que exige firma digital para documentos electrónicos.
En uno de los pasajes más provocadores, Moisá trazó un paralelismo histórico contundente: recordó que, a diferencia del “sistema nacionalista del Tercer Reich que acentuaba los poderes del tribunal de revisión”, en el modelo de casación francés la jurisprudencia no es obligatoria para los jueces inferiores fuera del caso específico. El magistrado también cuestionó que la Corte utilizara sus facultades de superintendencia para sancionarlo por el contenido de sus sentencias.
¿Qué dice la Corte?
Desde la cúpula judicial insisten en que el magistrado incurre en un formalismo excesivo. La Corte sostuvo que “la imagen digitalizada de la firma ológrafa cumple con la finalidad de asegurar la autoría en el marco del expediente digital provincial” y que rechazar tales escritos “importa una denegación de justicia basada en un rigorismo formal manifiesto”. El tribunal concluyó que su intervención es necesaria para evitar que cada juzgado se convierta en un “compartimento estanco”.
Este no es el primer enfrentamiento entre Moisá y la Corte. Previamente, el juez presentó una “objeción de conciencia” contra la implementación de las Oficinas de Gestión Asociada (OGA), tildándolas de inconstitucionales. Finalmente, Moisá hizo reserva de llevar el caso ante la Corte Suprema de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, denunciando un clima de “persecución”.
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