La Cámara le dio 24 horas al juez Ojeda y le puso un límite que no esperaba
La Cámara le dio un ultimátum al juez Ojeda y la reforma laboral cambió de fuero. ¿Qué pasará ahora con la medida cautelar que frenó la ley?
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al juez laboral Raúl Horacio Ojeda que remita el expediente de la reforma laboral en un plazo de 24 horas, con habilitación de días y horas inhábiles. La discusión sobre la competencia se encuentra definitivamente resuelta y el fuero laboral quedó excluido del caso impulsado por la CGT.
La resolución no solo reafirma lo decidido el 28 de abril, cuando el tribunal dispuso que el caso debía tramitar en el fuero contencioso administrativo federal, sino que expone de manera directa el incumplimiento del magistrado laboral, que hasta ahora no había remitido las actuaciones.
El incumplimiento del juez laboral
En el apartado “Autos y Visto”, la Cámara advierte que interviene en atención a lo informado por la jueza de grado en relación con el incumplimiento del juez del trabajo en torno a la decisión del 28/4/26. Subraya que, dado que el conflicto de competencia ya fue saldado, corresponde ordenar la remisión inmediata del expediente.
El tribunal dispuso: “requiérase a este último la remisión de la causa en el plazo de 24 horas”. La orden incluye la habilitación de días y horas inhábiles, una herramienta procesal excepcional que se utiliza para evitar demoras y asegurar el cumplimiento urgente.
El mensaje es doble: clausura cualquier margen de discusión sobre el fuero competente y marca un límite explícito frente a la resistencia del juez laboral a acatar lo resuelto por la instancia superior.
La estrategia del Gobierno
Detrás de este movimiento judicial hay una estrategia coordinada por la Procuración del Tesoro de la Nación, bajo la conducción de Sebastián Amerio. La PTN tuvo un papel central en el planteo de inhibitoria que permitió trasladar el caso al fuero contencioso administrativo federal y en la ofensiva para revertir el escenario inicial adverso.
Según pudo saber Infobae, el Gobierno —a través del Ministerio de Capital Humano y con el patrocinio de la Procuración— había solicitado formalmente que se levantara la medida cautelar dictada por Ojeda, que suspendió más de 80 artículos de la ley de reforma laboral. Ese pedido se presentó ante el fuero contencioso administrativo federal.
En el Gobierno sostienen que la actuación de la PTN fue determinante para reencauzar el caso y garantizar el derecho de defensa del Estado. “Se está trabajando a fondo para asegurar la implementación de una ley que fue debatida y sancionada por el Congreso”, explicaron fuentes oficiales.
El antecedente que cambió el eje del caso
La decisión actual no puede entenderse sin el fallo del 28 de abril, que redefinió el escenario judicial. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal determinó que la causa iniciada por la CGT debía tramitar en ese fuero y no en la Justicia del Trabajo. El tribunal consideró que el caso excedía el marco del derecho laboral clásico y que involucraba cuestiones federales, como la validez de una ley sancionada por el Congreso y la actuación del Estado Nacional.
Ese encuadre tuvo consecuencias inmediatas: desplazó al juez Ojeda, quien había hecho lugar a una medida cautelar que suspendió una parte sustancial de la reforma laboral. La Cámara también cuestionó el trámite seguido en el fuero laboral y dejó en claro que las normas que regulan la competencia judicial son de orden público y deben aplicarse de manera inmediata.
La resistencia del juez Ojeda
Uno de los elementos más sensibles del nuevo pronunciamiento es la referencia explícita al incumplimiento del juez laboral. De acuerdo con lo informado por la jueza del fuero contencioso administrativo federal, Ojeda se había negado a remitir las actuaciones, pese a lo ordenado por la Cámara el 28 de abril.
Esa situación obligó a la Sala IV a intervenir nuevamente y a dictar una orden directa, con plazo perentorio y habilitación de días inhábiles. En términos institucionales, se trata de un movimiento inusual que refleja la tensión generada por el conflicto de competencia.
Qué cambia a partir de ahora
Si el juez Ojeda cumple con lo dispuesto, la causa quedará definitivamente radicada en el juzgado contencioso administrativo federal N° 12, que será el encargado de analizar la cuestión de fondo. Ese cambio de fuero define el marco desde el cual se evaluará la constitucionalidad de la reforma laboral y reduce el margen de acción de la CGT.
A partir de ahora, el foco estará puesto en la resolución de fondo. El juzgado contencioso administrativo federal deberá analizar la validez de la ley y resolver si los artículos cuestionados se ajustan a la Constitución. En paralelo, la disputa podría escalar hacia instancias superiores, con la Corte Suprema como árbitro final.
Mientras tanto, el Gobierno consolidó una posición clave: la discusión ya no se dará en el fuero laboral. Y ese dato, en la arquitectura judicial del caso, redefine por completo el tablero en el que se juega uno de los capítulos más sensibles de su programa de reformas.

También puede interesarle