Facturó como monotributista y la Justicia le negó una millonaria indemnización laboral

Un médico facturaba como monotributista y reclamó más de $150 millones por despido. La Justicia le dijo que no: el fallo que aplica la reforma laboral y lo que las empresas deben saber para evitar demandas.

Por infotucuman · 22/05/2026 · min de lectura
Facturó como monotributista y la Justicia le negó una millonaria indemnización laboral

Un fallo histórico de la Justicia laboral mendocina aplicó por primera vez la reforma laboral a un profesional que facturaba como monotributista, rechazando su demanda de más de $150 millones. El tribunal determinó que no existía relación de dependencia, sentando un precedente clave para empresas que contratan servicios profesionales.

La Primera Cámara del Trabajo de San Rafael dictó sentencia en la causa “Ciardullo Sergio Orlando c/ Hospital Español del Sur Mendocino”, rechazando íntegramente la demanda por $152.176.425. El médico argumentaba haber trabajado en relación de dependencia y exclusividad bajo guardias y como coordinador del servicio de neonatología, pero el hospital demostró que el vínculo era una locación de servicios de carácter civil.

El fallo aplica directamente la reforma laboral, que establece que la presunción de existencia de contrato de trabajo no es aplicable cuando se trate de contrataciones de servicios profesionales y se emitan los recibos o facturas correspondientes.

¿Qué argumentos descartaron la relación laboral?

El tribunal destacó tres aspectos principales. Inexistencia de subordinación técnica y organizativa: los médicos organizaban sus propios cronogramas de guardias, acordaban reemplazos para vacaciones o congresos sin autorización de la dirección. Falta de control horario y disciplinario: a diferencia del personal de enfermería, los médicos no marcaban tarjeta ni registro de ingreso, y el hospital no aplicaba suspensiones o sanciones. Independencia económica: el actor emitía facturas con numeración discontinua y montos variables, cobrando por guardias efectivamente realizadas, además de atender en su consultorio particular y otras clínicas.

¿Qué deben hacer las empresas para asegurar la autonomía?

Esta sentencia representa un blindaje de seguridad jurídica para empresas que contratan profesionales externos. Para capitalizar el nuevo escenario, el sector empresario debe: exigir facturación regular (archivar las facturas), eliminar controles típicos de dependencia (no obligar a fichar ingresos), evitar el poder disciplinario (no aplicar llamados de atención ni suspensiones) y permitir la autoorganización (libertad para coordinar reemplazos y horarios).

El debate por los intereses en la reforma

Si bien la demanda fue rechazada, el tribunal debió expedirse sobre los intereses. La mayoría (jueces Mansur y Granados) aplicó el nuevo artículo 55 de la Ley 27.802 desde la mora (20/11/2024), argumentando que la ley nacional desplaza a las provinciales. En disidencia, el juez Fernández propuso aplicar la tasa provincial hasta el 5 de marzo de 2026 y luego la nueva fórmula. Finalmente, por mayoría, se liquidaron los intereses con la calculadora del BCRA de forma retroactiva.

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