El fallo sobre Pagani expone otras reelecciones consecutivas en la UNT que no llegaron a la Justicia
Mientras el fallo contra Pagani marca un precedente, otros candidatos lograron su reelección sin escalar a la Justicia. ¿Qué dice el Estatuto?
La Cámara Federal dejó sin efecto la candidatura de Sergio Pagani para un nuevo mandato como rector de la Universidad Nacional de Tucumán. La resolución, que interpretó los límites del Estatuto universitario, abrió interrogantes sobre otros casos de re-reelección en el actual proceso electoral que no fueron judicializados.
Uno de los casos es el de Silvia López de Martín, quien ayer fue electa nuevamente como decana de la Facultad de Psicología con un respaldo unánime: obtuvo los 11 votos del Consejo Directivo y se impuso sobre la fórmula integrada por Anabel Murhell y Adrián Chirré.
La particularidad es que López de Martín también irá por un tercer período consecutivo en la conducción de la unidad académica. Entre 2018 y 2022 se desempeñó como vicedecana de Psicología y entre 2022 y 2026 ejerció como decana. Con la nueva elección, continuará al frente de la facultad hasta 2030.
A diferencia de lo ocurrido con la candidatura de Pagani, la postulación de López de Martín no fue cuestionada públicamente ni derivó en pedidos de impugnación ante la Junta Electoral o presentaciones ante la Justicia Federal.
Un consejero cuestionado
Otro antecedente se dio en la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología con Pablo Almeda, dirigente estudiantil de Franja Morada, quien se presentó y ganó como consejero estudiantil por tercer año consecutivo. En este caso sí existió una impugnación previa ante la Junta Electoral.
La presentación fue realizada por Benjamín Racedo Sollazzo, apoderado suplente de una agrupación de esa facultad, quien argumentó que Almeda ya había cumplido dos períodos consecutivos como consejero estudiantil. Según detalló, se desempeñó en el cargo entre el 6 de junio de 2024 y el 14 de mayo de 2025, y luego en un segundo período hasta el 14 de mayo de 2026. “Esta presentación carece de los requisitos de elegibilidad según lo establece el artículo 46 del Estatuto vigente que dice: ‘Los consejeros podrán ser reelectos por una sola vez consecutiva’, y el Estatuto viejo artículo 48: ‘Los consejeros podrán ser reelectos por una sola vez consecutiva’”, señalaba el escrito presentado ante el órgano electoral.
Sin embargo, la Junta Electoral resolvió habilitar la candidatura de Almeda al interpretar que el nuevo Estatuto regía para postulaciones futuras y no para períodos anteriores desarrollados bajo la normativa previa. La decisión no tuvo posteriores apelaciones en otros órganos y finalmente el estudiante asumió ayer como consejero estudiantil.
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