El fallo que ordenó censurar a un canal: ahora es el eje de una pelea en la Legislatura

¿Censura judicial o garantía institucional? Un fallo que ordenó silenciar a un canal de TV ahora pone en jaque la designación de un juez. Los detalles de la polémica que divide aguas en la Legislatura.

Por infotucuman · 27/05/2026 · min de lectura
El fallo que ordenó censurar a un canal: ahora es el eje de una pelea en la Legislatura

El legislador Agustín Romano Norri (UCR) adelantó su rechazo al pliego del juez subrogante Lucas Alfredo Taboada, propuesto por el Poder Ejecutivo provincial para ocupar un cargo definitivo en el Colegio de Jueces Penales del Centro Judicial de Monteros. La objeción se centra en una polémica medida cautelar innovativa dictada por el magistrado en noviembre de 2025.

En aquel fallo, Taboada ordenó al director de la Compañía de Circuitos Cerrados S.A. (CCC), Gustavo Olarte, y a todos sus productores, periodistas y conductores, el “cese inmediato” de la difusión de contenidos que pudieran injuriar, desacreditar o tergiversar la actuación de fiscales y magistrados locales. La medida fue dictada en el marco de una causa por supuesto entorpecimiento de las funciones públicas y coacción institucional.

Para Romano Norri, aquella resolución sentó un precedente peligroso que colisiona con las bases del sistema democrático. “Un juez debe ser, ante todo, el máximo garante del cumplimiento de la Constitución. No podemos avalar la designación de alguien que dictó una medida que, en los hechos, significó censurar a un canal de televisión y restringir la labor periodística”, afirmó el legislador.

¿Qué dice la Constitución?

El parlamentario fundamentó su postura señalando que este tipo de resoluciones vulnera de manera flagrante los principios de libertad de prensa. “Estamos ante una clara violación de los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional, que prohíben de forma taxativa la censura previa y protegen la libertad de expresión, además de contravenir el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)”, argumentó el referente radical.

¿Un premio para jueces amigos?

Más allá del análisis técnico-legal, Romano Norri ligó la postulación de Taboada a una práctica que considera nociva para el fortalecimiento institucional. “No puede convertirse en una norma en Tucumán que la elección de jueces definitivos sea un premio para los jueces subrogantes que fallaron exactamente como quería el gobierno de turno”, disparó con dureza.

En ese sentido, sostuvo que avalar este pliego implicaría convalidar un sistema de recompensas políticas dentro de los tribunales: “Un juez independiente debe responder a la ley y a las pruebas, nunca a las necesidades del poder político. Si el pliego de Taboada se aprueba, el mensaje para el resto de los subrogantes es nefasto: que para hacer carrera efectiva hay que complacer al Ejecutivo”.

Finalmente, Romano Norri anticipó que mantendrá una postura intransigente cuando el pliego sea tratado en el recinto. “Por estas razones, adelanto mi rechazo absoluto. No vamos a acompañar con nuestro voto a postulantes cuyas resoluciones condicionen la libertad de expresión y debiliten, por conveniencia, la división de poderes en Tucumán”, concluyó.

La resolución judicial que reactivó la polémica lleva la firma de Lucas Alfredo Taboada como Juez Subrogante. Fue dictada el 4 de noviembre de 2025 a solicitud de la Unidad Fiscal de Decisión Temprana. En aquella oportunidad, el magistrado consideró “atinado” que la restricción comunicacional abarcara de forma preventiva la defensa de todo el sistema de justicia provincial, ordenando notificar la resolución al ENACOM para su supervisión por un plazo de seis meses. El caso promete convertirse en el eje de una dura batalla política en la Legislatura.

También puede interesarle

Sociedad
Sociedad
Sociedad
Sociedad
Sociedad
Sociedad
Publicidad