El fallo que obliga a las hijas de “La Chancha” Ale a pagar y trabajar por una toma violenta
Dos mujeres vinculadas a una conocida familia tucumana aceptaron una probation por su rol en una toma violenta. ¿Cuánto dinero deberán pagar y dónde realizarán las tareas comunitarias que impuso la justicia? Los detalles del acuerdo que busca reparar a la víctima.
Dos hijas del conocido Rubén “La Chancha” Ale deberán indemnizar con cientos de miles de pesos y realizar tareas comunitarias por su participación en la usurpación de la vivienda de la ex pareja de su padre. La justicia tucumana homologó una suspensión de juicio a prueba que incluye una reparación económica total de $450.000 y la prohibición de acercarse a la víctima por un año. El caso, investigado por la Unidad Fiscal de Usurpaciones, Estafas y Cibercriminalidad II, revela los pormenores de un desalojo forzado con supuestos policías.
¿Cómo comenzó el conflicto?
Todo se originó el 7 de noviembre de 2025, cuando María Jesús Rivero denunció que un hombre que se hizo pasar por policía se presentó en su domicilio de la calle Adolfo de la Vega al 700, en San Miguel de Tucumán. El sujeto exhibió una orden de ingreso y ordenó a otros efectivos cortar el candado del portón para ingresar. Según el relato de Rivero, entre los que ingresaron estaban Yamile Ale y Darío Coronel, quien incluso la habría golpeado durante el forcejeo.
Una vez dentro de la propiedad, Yamile Ale, Coronel, Martha Florencia Ale Cuño y Emilia Giselle Ale ocuparon ilegalmente parte del inmueble. La denunciante afirmó que fue obligada a convivir con ellos bajo constantes amenazas, perdiendo el libre uso y goce de su propia casa.
El camino judicial y las primeras condenas
El Ministerio Público Fiscal, a cargo de Diego Hevia, imputó inicialmente a Yamile Ale y a Darío Coronel como coautores del delito de usurpación por despojo. El 3 de diciembre de 2025 fueron formalmente acusados y, en un juicio abreviado celebrado 20 días después, recibieron una condena de un año de prisión de ejecución condicional.
Sin embargo, la investigación no se detuvo allí. Al profundizar en los hechos, los fiscales extendieron la acusación a Martha Florencia Ale Cuño y a Emilia Giselle Ale. La hipótesis sostenía que ambas habrían llegado al lugar minutos después del ingreso forzado y se habrían apostado en la planta baja, en el sector del living comedor, con el objetivo claro de impedir que Rivero usara su propiedad, manteniendo la situación mediante amenazas.
La salida alternativa y las condiciones impuestas
Durante una audiencia realizada recientemente, las defensas de las acusadas solicitaron la suspensión del juicio a prueba para cerrar el proceso. María Ercilia Omar, abogada de Emilia Ale, y Rodrigo Saab, defensor de Martha Ale Cuño, plantearon los términos de la probation.
Emilia Ale se comprometió a pagar una reparación económica de $250.000 y a realizar tres horas mensuales de trabajo comunitario durante seis meses en la iglesia San José de Alberdi. Por su parte, Martha Ale Cuño ofreció abonar $200.000 y prestar servicios una vez por semana durante el mismo período en una fundación de rescate animal.
La auxiliar de fiscal Natalia Carabajal prestó conformidad a esta salida alternativa. María Jesús Rivero, representada por el letrado Rodolfo Burgos, no se opuso, aunque pidió garantías concretas para su seguridad. “No dejo de temer por mi integridad física más allá de que mi integridad psíquica está gravemente dañada. Soy paciente psiquiátrica hace tres años; lo que pasó ha terminado de derribar la poca psiquis que quedaba sana en mi cabeza”, expresó con crudeza ante el tribunal.
Las medidas de protección y la sentencia del juez
Antes de homologar las probation, el juez Lucas Taboada dispuso medidas restrictivas específicas. Ordenó una restricción de acercamiento de 500 metros hacia la denunciante y prohibió a las imputadas realizar cualquier acto de turbación, perturbación o intimidación por cualquier medio.
Estas medidas de protección regirán por el plazo de un año, buscando brindar un marco de seguridad a Rivero mientras las acusadas cumplen con las tareas comunitarias y el pago de la indemnización. El fallo marca un precedente en el tratamiento de casos de usurpación con violencia en la provincia, combinando la reparación económica con el trabajo social.
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