El encubridor del caso Lebbos quedó libre: ¿qué dijeron los psiquiatras para justificarlo?
Los informes psiquiátricos que cambiaron el destino del exsecretario de Seguridad. ¿Qué condiciones deberá cumplir para no volver a la cárcel?
La jueza de Ejecución Ana María Iácono concedió la libertad condicional a Eduardo Di Lella, exsecretario de Seguridad de la provincia condenado por encubrimiento del asesinato de Paulina Lebbos y falsedad ideológica. La decisión se basó en informes psiquiátricos que describen un cuadro de “graves síntomas” en su salud mental, pese a la oposición de la fiscalía y la querella.
Di Lella cumplía prisión domiciliaria desde la sentencia de principios de 2019, que lo condenó a seis años de prisión. La medida se produce cuando aún resta más de un año para el agotamiento formal de la condena, previsto para julio de 2027.
¿Qué argumentos pesaron en la decisión?
La magistrada se apoyó en los últimos informes del Servicio Penitenciario y en pericias de psiquiatras y psicólogos que trataron al exfuncionario. Los profesionales describieron un deterioro en la estabilidad psíquica del condenado, lo que inclinó la balanza judicial a pesar de la resistencia de las partes acusadoras.
Para la jueza, este deterioro, sumado al tiempo transcurrido de detención y al cumplimiento de los reglamentos carcelarios desde su hogar, habilitó el acceso al beneficio previsto en la ley 24.660 de Ejecución de la pena privativa de la libertad.
La oposición de fiscalía y querella
El representante del Ministerio Público Fiscal, Gonzalo García, y el abogado de la querella, Emilio Mrad, manifestaron su oposición terminante. Ambos sostuvieron que las condiciones de cumplimiento de Di Lella han sido excepcionales desde el inicio, ya que jamás estuvo alojado en una unidad penitenciaria común.
La fiscalía y la querella argumentaron que la gravedad institucional de los hechos -el desvío deliberado de una investigación por homicidio- exigía una rigurosidad mayor. También destacaron que el exsecretario nunca admitió su delito ni pidió disculpas a la familia de la víctima.
La postura de la defensa
El defensor oficial Emiliano Ferraco articuló su estrategia sobre la base del derecho que asiste a todo condenado que cumple con los requisitos de temporalidad y conducta. Hizo hincapié en que Di Lella ya había transitado las etapas necesarias del régimen progresivo de la pena y que su estado de vulnerabilidad psíquica tornaba necesario un cambio en las condiciones de su encierro.
Ferraco advirtió sobre los serios problemas de salud mental que acarrea Di Lella, fundado en distintos informes de especialistas que sufre serios problemas.
El rol de Di Lella en el caso Lebbos
Como secretario de Seguridad en 2006, fue hallado culpable de coordinar las maniobras de encubrimiento que impidieron conocer la verdad durante años. Su participación consistió en avalar el montaje de pistas falsas y la adulteración de instrumentos públicos para desviar las sospechas que recaían sobre los denominados “hijos del poder”.
La condena de 2019 fue vista como un triunfo contra la impunidad estructural, aunque hoy, el hecho de que Di Lella recupere la libertad sin haber pisado nunca una cárcel genera un sabor amargo en la familia de Paulina.
La reacción de Alberto Lebbos
Alberto Lebbos, quien ha denunciado sistemáticamente los privilegios de los que gozaron los condenados en esta causa, escuchó los argumentos que justificaban la salida de Di Lella por su “salud mental”. Para el padre de la joven estudiante, estas resoluciones continúan profundizando la asimetría entre las víctimas y quienes abusaron del poder del Estado para encubrir un crimen.
“Es un delito continuo”, ha repetido Lebbos en diversas instancias. Hoy, a su turno, afirmó: “todos los días rezo para que el señor Di Lella recupere la salud, pero sobre todo para que recupere la memoria”.
Las condiciones de la libertad condicional
La jueza Iácono dispuso la colocación de un dispositivo de monitoreo GPS y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 500 metros de los familiares de Paulina Lebbos. Asimismo, el exfuncionario tiene prohibido el consumo de alcohol y estupefacientes, no puede portar armas y deberá someterse periódicamente al control del Patronato de Internos y Liberados.
Quizás la cláusula más relevante, dado el fundamento del fallo, es la obligación de continuar de manera ininterrumpida con su tratamiento psicológico y psiquiátrico.
Este nuevo escenario judicial se da a dos días de que se conozca el fallo contra César Soto, único acusado por el crimen, para quien el fiscal Carlos Sale pidió prisión perpetua por homicidio agravado por alevosía. En el mismo proceso declinó acusar a Sergio Kaleñuk, quien estaba imputado por encubrimiento agravado.
La jueza ordenó que lo dispuesto se efectivice de manera inmediata, por lo que Di Lella ya está en condiciones de salir de su domicilio. Los cinco condenados en el juicio de 2019 ya se encuentra en libertad: Di Lella, el ex subjefe de Policía Hugo Sánchez, el ex subjefe de Policía Nicolás Barrera, el ex jefe de la Regional Norte Rubén Brito y el ex policía Waldino Rodríguez. De todos los condenados en los distintos procesos, el único que sigue detenido, aunque con prisión domiciliaria, es el ex fiscal Carlos Albaca.
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