Aguinaldo 2026: el cálculo que pocos conocen y la fecha límite que tenés que anotar

¿Sabés cuánto te corresponde de aguinaldo y hasta cuándo tienen que pagarlo? La fecha límite y el cálculo exacto que necesitás saber.

Por infotucuman · 09/05/2026 · min de lectura
Aguinaldo 2026: el cálculo que pocos conocen y la fecha límite que tenés que anotar

El cierre del primer semestre del año pone en el centro de la escena financiera familiar al aguinaldo, ese décimo tercer sueldo que representa un alivio fundamental para el bolsillo de los argentinos. Regulado por la Ley 23.041, el Sueldo Anual Complementario (SAC) es un derecho que alcanza a todos los trabajadores del sector público y privado, así como también a los jubilados y pensionados de todo el país. En un contexto donde la planificación económica se vuelve vital, entender los plazos y las metodologías de liquidación permite a los empleados organizar sus gastos, cancelar deudas o, en el mejor de los casos, destinar ese excedente al ahorro. Es importante recordar que el aguinaldo se divide en dos pagos anuales -junio y diciembre- y que su cálculo no es un promedio, sino que se desprende de la remuneración más alta percibida en el período correspondiente.

¿Cómo calcular el monto exacto del medio aguinaldo?

Para determinar el monto exacto que se debe cobrar en la primera cuota del año, el trabajador debe identificar cuál fue su mejor salario bruto mensual percibido entre enero y junio de 2026. Al realizar este ejercicio, es fundamental incluir todos los conceptos remunerativos, tales como el sueldo básico, las comisiones, las horas extras y cualquier adicional que figure de manera habitual en el recibo. Una vez detectado ese pico salarial, la cuenta es sencilla: se debe dividir por dos.

En cuanto a las fechas confirmadas para el desembolso, la normativa vigente establece los siguientes parámetros:

  • Fecha límite legal: Los empleadores tienen tiempo hasta el 30 de junio para acreditar el medio aguinaldo.
  • Período de gracia: La ley permite una tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora, por lo que en algunos casos la acreditación efectiva podría extenderse hasta los primeros días de julio sin que esto represente una infracción legal.
  • Jubilados y pensionados: En el caso de los beneficiarios de la ANSES, el pago se realiza de manera conjunta con el haber mensual, siguiendo el calendario de pagos habitual según la terminación del DNI.

¿Qué sucede con los proporcionales y quiénes están excluidos?

Un interrogante recurrente es qué sucede con aquellos empleados que no trabajaron el semestre completo, ya sea porque iniciaron su actividad recientemente o porque la relación laboral finalizó antes de junio. En estos casos, el pago no se anula, sino que se liquida de forma proporcional al tiempo trabajado. La fórmula consiste en tomar el mejor salario del período, dividirlo por 12 y multiplicar el resultado por la cantidad de meses (o días) de servicio prestado.

Es fundamental distinguir que este beneficio es exclusivo para los trabajadores registrados en relación de dependencia. Por lo tanto, quedan excluidos del cobro del aguinaldo los monotributistas y los trabajadores autónomos, ya que no poseen un vínculo de dependencia laboral que los incluya en el régimen de la ley en cuestión.

Para quienes sí lo perciben, se recomienda revisar los descuentos (jubilación, obra social y PAMI), los cuales también se aplican sobre el aguinaldo bruto. Asimismo, es importante estar atentos a las actualizaciones de las bases imponibles, ya que el SAC puede estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias dependiendo de los mínimos vigentes al momento de la liquidación de junio. /iProfesional

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