Adiós VTV como la conocías: los 8 cambios que nadie te contó y que ya aprobó el Gobierno
El Gobierno de Milei aprobó una desregulación histórica de la VTV: talleres privados podrán hacer las revisiones con requisitos más flexibles. ¿Qué pasará con la calidad de las inspecciones? Enterate de los 8 cambios clave que nadie te contó.
El Gobierno de Javier Milei modificó las reglas de juego para la Verificación Técnica Vehicular (VTV). La nueva normativa permite que talleres privados y concesionarios puedan realizar las revisiones, con requisitos mucho más flexibles que los actuales. La resolución 32/26 de la Secretaría de Transporte busca ampliar la oferta de prestadores y fomentar la competencia, pero también genera dudas sobre la calidad de las inspecciones.
Un análisis del especialista en transporte automotor, Marcelo Gonzálvez, detalla los ocho cambios más significativos que introduce la nueva reglamentación. Según Gonzálvez, “los cambios introducidos buscan flexibilizar notablemente los requisitos de infraestructura, equipamiento y personal para reducir los costos de operación de los talleres”. Sin embargo, advierte que “la menor especificidad técnica y la eliminación de normas IRAM pueden generar heterogeneidad en la calidad de las inspecciones y riesgos de discrecionalidad”.
¿Qué cambia en la infraestructura y los accesos?
Antes, las plantas verificadoras debían cumplir con dimensiones mínimas estrictas: por ejemplo, un área de revisión de 30 metros de largo y 7,5 metros de ancho para una línea de control, accesos enfrentados obligatorios y portones con señalización específica. Ahora, la nueva reglamentación simplifica los requisitos: solo pide accesos seguros y preferentemente independientes, admite maniobras internas sin retroceso y no fija dimensiones mínimas detalladas ni colores de portones.
¿Y la fosa de inspección?
La normativa vigente establecía medidas mínimas (profundidad, ancho y largo) diferenciadas para vehículos livianos y pesados, revestimiento cerámico, iluminación específica, extintores obligatorios y sistemas de extracción de gases. En el nuevo esquema, solo se exige fosa o elevador que permita una observación integral y segura, sin fijar medidas ni materiales específicos.
Equipamiento mínimo: menos exigencias técnicas
La resolución 101/19 había establecido un listado exhaustivo de especificaciones técnicas, como frenómetro con capacidad mínima de 13 toneladas, detector hidráulico de holguras con parámetros de fuerza y frecuencia, decibelímetro según norma IRAM, opacímetro con memoria de datos y sistema de fotovalidación con 3 cámaras. El nuevo esquema mantiene solo un listado básico de equipos de medición y control, pero sin especificaciones técnicas ni normas IRAM.
Calibraciones: el control queda en manos del taller
Antes, los equipos debían ser calibrados cada 6 meses o 6.000 revisiones, con un registro de datos controlado por la CNRT y costos definidos por las autoridades de Transporte. A partir de ahora, se mantiene la periodicidad, pero el registro queda en el taller y la calibración se hace in situ con personal propio.
Áreas complementarias: ya no son obligatorias
Los prestadores estaban obligados a tener oficinas, sala de espera, vestuarios, baños diferenciados y un archivo permanente. El nuevo ordenamiento no exige áreas complementarias, solo archivo digital y físico de inspecciones por 2 años.
Personal técnico: sin exigencia de título específico
El “director técnico” del taller debía ser ingeniero mecánico/electromecánico matriculado, con oficina propia y acceso inmediato al área de revisiones. Ahora se mantiene la figura del director técnico, responsable de datos y documentación, pero sin exigencia explícita de especialidad de título.
Auditorías y control: menos penalidades
En el anterior esquema, la CNRT tenía facultades de fiscalización para aplicar penalidades y aprobar órdenes de servicio obligatorias. Ahora, la CNRT conserva las funciones de auditoría, pero se limita a verificar el cumplimiento del anexo, sin régimen de penalidades específico.
Registro y habilitación: trámite más ágil
La inscripción estaba condicionada a la infraestructura y a la actividad exclusiva de la VTV. El nuevo régimen no exige que la actividad sea exclusiva y permite la inscripción a distancia, habilitación provisoria automática si no hay observaciones en 30 días y auditoría ex post.
Los talleres interesados deberán iniciar el trámite a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), mediante una declaración jurada donde manifiesten cumplir con todos los requisitos. Las autoridades de Transporte tendrán un plazo de 30 días corridos para controlar la documentación. Si no hay observaciones ni resolución expresa, el taller quedará automáticamente inscripto y habilitado provisoriamente.
Según el decreto 139/26, los autos 0 kilómetro deberán efectuar la primera VTV a los cinco años de su patentamiento, mientras que los rodados de hasta 10 años de antigüedad deberán realizar el control cada dos años. Para los autos con más de 10 años, la revisión será cada 12 meses. Además, se eliminaron las tarifas reguladas: cada usuario podrá acordar el precio del servicio directamente con el taller elegido.
La desregulación nacional recibió el apoyo de CABA y Mendoza, que enviaron proyectos de ley para adherir. En cambio, la provincia de Buenos Aires rechazó la medida. El ministro de Transporte bonaerense, Martín Marinucci, advirtió: “Si un auto hace la VTV en un taller particular o un concesionario habilitado por esta nueva normativa dentro de la provincia de Buenos Aires, un control de tránsito le podrá labrar una infracción o incluso retenerle el vehículo por no estar de acuerdo con el derecho provincial”. Marinucci agregó que “mientras no se modifique la Constitución Nacional, que le da autonomía a las provincias, ninguna ley o decreto le impedirá a cada jurisdicción decidir sobre sus normas de tránsito”.
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